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domingo, 22 de agosto de 2010

Condenado el asesino de la calle San Blas

Cuidando de sus siete vidas
Gato monovero tomando precauciones antes de salir a la calle

     Enrique Iván M.G. ha sido condenado a cuatro meses por un delito contra el artículo 337 del Código Penal.      

     Artículo 337:
    Los que maltrataren con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.

     La juez María Belén Muñoz, después de suspender varias veces la vista contra Enrique Iván M.G. por no aparecer por el juzgado a explicar qué le había hecho el gato para reventarlo a golpes, decidió juzgarlo en ausencia, en juicio rápido, tras un año.

     La juez declara probado que Enrique Iván M.G. "asesinó el 11 de junio de 2009 a un gato en la calle de San Blas de Monóvar. Agarró al animal y lo lanzó con fuerza contra el suelo. Y no contento con ello volvió a estamparlo repetidas veces contra una pared hasta causarle la muerte".

     Enrique Iván M.G. no se presentó en el juzgado aunque fueron a buscarlo, no consideró necesario explicar a la señora jueza sus desavenencias con el gato, que parece ser son asuntos personales que sólo a ellos conciernen, e incluso dijo a la policía si no tenían otra cosa que hacer que ir a buscarlo por una chorrada. No se ha desvelado la contestación policial.

     Tampoco ha trascendido la opinión del abogado que defendió al homicida gatuno y solicitó su absolución; y aumentó así sus estadísticas de casos perdidos; o no, porque la pena impuesta por su señoría al criminal, al kiler de michos, conocidos también como mininos, micifuzes, morrongos, morroños o gatos, ha sido la menor posible. En cualquier caso el papelón del abogado, del fiscal y la magistrada, da para una película de humor... negro.

     La magistrada, después de calificar la acción del acusado como: «Maltratar con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos, aumentado deliberadamente su sufrimiento, causándole padecimientos innecesarios y la muerte o lesiones que produzcan un grave menoscabo físico», le impuso una pena de cuatro meses de cárcel y tres años de inhabilitación para ejercer cualquier profesión, oficio o comercio relacionado con los animales, pues existían suficientes pruebas para demostrar su culpa; además del informe policial, dos testigos presenciaron los hechos.

     La familia del finado no recurrirá e incluso se plantea pedir al Estado su inclusión en un programa de protección de testigos. El condenado aún está despiporrándose.

     Luis Andrés

     27/junio/2009 Por un gato que maté... cuatro meses de cárcel

 


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