| |

Manual del Carné por puntos
Fecha de entrada en vigor del carné por puntos:
1 de julio del 2006
Saldo en puntos según tipo de conductor:
|
Saldo de puntos |
Tipo de conductor |
| 12 |
Todos los conductores
excepto los que tengan establecido un número de puntos específico
según sus circunstancias particulares |
| 8 |
Titulares de un permiso o
licencia de conducción con antigüedad no superior a tres años |
| 8 |
Titulares de un permiso o
licencia de conducción que, tras perder su asignación total de
puntos, lo han obtenido nuevamente. |
Infracciones que quitan puntos:
Multas que quitan 6
puntos
—Conducir con una tasa de alcohol
superior a la reglamentariamente establecida:
-Más de 0,50 mg/l de aire aspirado para todos
los conductores excepto los que tengan establecida una tasa
menor
-Más de 0,30 mg/l de aire aspirado para conductores
profesionales y titulares de permisos con menos de dos años de
antigüedad
—Conducir bajo los efectos de estupefacientes,
psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos
análogos
—Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección
del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos,
estimulantes y otras sustancias de efectos análogos
—Conducir de forma manifiestamente temeraria
—Circular en sentido contrario al establecido
—Conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas
—Sobrepasar en más de un 50 % la velocidad máxima autorizada,
siempre que suponga superar, al menos, en 30 kilómetros por hora
dicho límite máximo
—El exceso en más del 50 % en los tiempos de conducción o la
minoración en más del 50 % en los tiempos de descanso
establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. Es la
única multa de transportes que quita puntos. |
Multas que quitan 4
puntos
—Conducir con una tasa de alcohol
superior a la reglamentariamente establecida:
-Entre 0,25 mg/l ya 0,50 mg/l de aire
aspirado para todos los conductores excepto los que tengan
establecida una tasa menor
-Entre 0,15 mg/l y 0,30 mg/l de aire aspirado para conductores
profesionales y titulares de permisos con menos de dos años
de antigüedad
—Circular por autopistas o
autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido
—Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en
un 50 % o más el número de plazas autorizadas, excluido el
conductor salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos
—Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le
habilite para ello
—Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan
producir incendios o accidentes de circulación
—Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y
relevante para los otros usuarios de la vía
—Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 40 km/h
salvo que esté incurso en retirada de 6 puntos
—Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y
la obligación de detenerse en la señal de stop, y en los
semáforos con la luz roja encendida
—Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento
poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido
contrario y adelantar en lugares o en circunstancias de
visibilidad reducida
—Adelantar poniendo en peligro o
entorpeciendo a ciclistas
—Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías
—Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o
dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va
a ser adelantado
—No respetar las señales de los agentes que regulan la
circulación |
Multas que quitan 3
puntos
—Exceder los límites de velocidad
establecidos en más de 30 km/h hasta 40 km/h
—Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones
recogidas en la Ley y el reglamento
—No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le
precede
—Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, auriculares o
cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria
atención permanente a la conducción en los términos que se
determinen reglamentariamente
—Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás
elementos de protección o dispositivos de seguridad, en los casos
y condiciones que se determinen reglamentariamente |
| Multas que quitan 2
puntos —Exceder los límites de
velocidad establecidos en más de 20 km/h hasta 30 km/h
—Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles,
pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso
que constituya un riesgo a la circulación o los peatones en los
términos que se determinen reglamentariamente
—Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte
público urbano
—Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas
encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o
que lleven instrumentos con la misma intención, así como la
utilización de mecanismos de detección de radares
—Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin
ajustarse a lo establecido reglamentariamente
—Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o
ciclomotores con las excepciones que se determinen
reglamentariamente |
Multas por exceso de velocidad:

Formas de recuperar o ganar puntos:
| Por
el paso del tiempo sin ser sancionado por infracciones que resten
puntos |
Los conductores que han sufrido
pérdida parcial de puntos recuperan los 12 iniciales si están dos
años sin ser sancionados por infracciones que resten puntos.
Serán tres años si alguna de las sanciones que provocó la pérdida
de puntos era muy grave |
| Los conductores que comienzan con
8 puntos de saldo (noveles y conductores que han perdido el
carné) pasarán a tener 12 si están dos años sin ser sancionados
por infracciones que resten puntos. |
| Los conductores que tengan 12
puntos y estén tres años sin ser sancionados pasarán a tener 14
puntos. Si siguen igual tres años más pasarán a tener 15 puntos. |
| - |
| Por
la realización de los cursos establecidos reglamentariamente |
Realizar el curso de recuperación
parcial permite recuperar 4 puntos. |
| Realizar el curso de recuperación
del permiso o licencia de conducción permite recuperar el carné
de conducir a los que hayan perdido todos los puntos o los
condenados judicialmente con privación del derecho a conducir |
|